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miércoles, 23 de mayo de 2012

1956: Recibo de membresía de la Respetable Logia Luz y Verdad No. 12

1956, 1 de enero: Recibo de membresía de la Respetable Logia Luz y Verdad No. 12, Constituyente de la Soberana Gran Logia de la Orden Caballeros de la Luz en la República de Cuba. Dice:

"He recibido del hermano Francisco Herrera la suma que más abajo se detalla por los conceptos que se expresan. Por cuota del mes de la fecha. $1.50."

Este pago mensual a la logia confería un importante beneficio a sus miembros: una especie de seguro de vida, según se explica al dorso.

DATOS IMPORTANTES QUE CADA MIEMBRO DEBE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE HAYA DESIGNADO SUS BENEFICIARIOS EN RELACIÓN CON EL FONDO DE BENEFICENCIA GENERAL:

Para recibir los beneficios que la Institución concede por medio de este Fondo al ocurrir el fallecimiento de cualquier miembro que llevare MAS DE DOS AÑOS DE ACTIVIDAD ININTERRUMPIDAMENTE EN LA RAMA SIMBOLICA DE LA ORDEN, se requiere:

PRIMERO: Que en el momento de ocurrir el fallecimiento, el miembro se encuentre al corriente en el pago de sus cuotas en la Logia a que perteneciere. (Artículos 3 y 11, ambos de la Ley del Fondo de Beneficencia General).

SEGUNDO: Que la Logia a que estuviera afiliado el miembro en el instante de su fallecimiento se encuentre totalmente al corriente en el pago de todas sus obligaciones con el Gran Tesoro. (Artículo 3 de la Ley del Fondo de Beneficencia General).

TERCERO: Que el miembro causante hubiera suscrito las planillas correspondientes instituyendo sus beneficiarios. (Artículo 5 de la mencionada Ley del Fondo de Beneficiencia General).

CUARTO: Ningún miembro puede deber más de dos recibos sin causar baja en la Logia a que pertenezca. (Artículo 211 del Libro II de la Ley Orgánica de la Orden).

Este recibo debe ser firmado por el miembro a quien se le extienda.

NOTA: La Ley del Fondo de Beneficiencia General y sus artículos anteriormente invocados, son integrantes del Código General de la Orden Caballeros de la Luz en la República de Cuba, aprobado por la Soberana Gran Logia de esta Orden y registrado en el Gobierno Provincial de La Habana con fecha 8 de marzo del año 1945.

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